La diferencia entre la contratación de servicios profesionales y la relación de trabajo puede parecer sutil, pero tiene implicaciones jurídicas profundas en Panamá. Es esencial que las empresas y profesionales comprendan estas diferencias para evitar conflictos legales o contingencias laborales.

En un contrato de servicios profesionales, el trabajador actúa de forma independiente, sin subordinación, y factura sus servicios, usualmente como persona natural o jurídica. En cambio, en una relación laboral existen elementos como la subordinación, el horario, las órdenes directas y el pago de salario fijo.

Una incorrecta clasificación puede derivar en sanciones por parte de las autoridades laborales y de seguridad social, además de reclamaciones de prestaciones laborales como vacaciones, décimo tercer mes, indemnizaciones y más. Es decir, el riesgo de un reclamo laboral se incrementa si la naturaleza real de la relación es de trabajo subordinado.

Las empresas deben documentar claramente la modalidad de contratación utilizada, establecer términos claros en los contratos y asegurarse de que la ejecución del servicio no genere condiciones que se interpreten como una relación laboral encubierta.

Desde FAB, asesoramos tanto a empresas como a profesionales independientes en la estructuración adecuada de sus contratos, ofreciendo seguridad jurídica y previniendo futuros conflictos laborales que puedan afectar su operación y reputación.

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